Qué se votó: Se votó el artículo segundo transitorio, que dice cómo se paga el proyecto: el mayor gasto del primer año se financia con el presupuesto del Ministerio de Educación, y si no alcanza, el Ministerio de Hacienda puede completarlo con recursos del Tesoro Público.
Nombre oficial: Modifica la ley N° 21.040, que crea el sistema de educación pública, con la finalidad de ajustar la segunda etapa de instalación y el traspaso de los servicios locales de educación
Mayoría simple · votado el 28/10/2026 19:39
El Senado no informa si se aprobó: depende del quórum exigido.
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- En votación el artículo segundo transitorio, cuya votación separada ha sido solicitada por la Honorable Senadora señora Cariola, que consta en la página 18 del comparado.
Se votó el artículo segundo transitorio, que dice cómo se paga el proyecto: el mayor gasto del primer año se financia con el presupuesto del Ministerio de Educación, y si no alcanza, el Ministerio de Hacienda puede completarlo con recursos del Tesoro Público.
Es la norma de financiamiento que llevan casi todos los proyectos con gasto fiscal.
Basado en el mensaje original del proyecto (agosto de 2026); el texto votado, del comparado de la comisión, pudo tener cambios. Puede contener errores.
Esto resume todo el proyecto, no solo lo que se votó aquí.
Explicado con inteligencia artificial a partir del texto con que el proyecto ingresó al Congreso; pudo cambiar en su tramitación y puede contener errores. Ver el documento original.
A los estudiantes, familias, profesores y asistentes de las escuelas y liceos municipales que aún no pasan a un SLEP, a los municipios que los administran y a los SLEP que debían recibirlos.
A favor Votar a favor significa apoyar que el traspaso de colegios municipales a los SLEP pueda postergarse hasta 2040 y que más municipios puedan seguir administrando sus colegios.
En contra Votar en contra significa mantener el calendario y los requisitos actuales, con 2030 como plazo de instalación y reglas más estrictas para que un municipio conserve sus colegios.
Fuente: Senado, actualizado 28/10/2026 21:43.
Toca una fila para ver quiénes son.
Toca una región para ver cómo votaron sus senadores.
Pedro Araya Guerrero
Andrea Balladares Letelier
Miguel Ángel Becker Alvear
Karim Bianchi Retamales
Miguel Ángel Calisto Águila
Fabiola Campillai Rojas
Karol Cariola Oliva
Rodolfo Carter Fernández
Ricardo Celis Araya
Daniella Cicardini Milla
Iván Flores García
María José Gatica Bertin
Francisco Huenchumilla Jaramillo
Diego Ibáñez Cotroneo
Sebastián Keitel Bianchi
Carlos Ignacio Kuschel Silva
Andrés Longton Herrera
Javier Macaya Danús
Vlado Mirosevic Verdugo
Iván Moreira Barros
Daniel Núñez Arancibia
Paulina Núñez Urrutia
Ximena Ordenes Neira
Claudia Pascual Grau
Gustavo Sanhueza Dueñas
Alejandra Sepúlveda Orbenes
Arturo Squella Ovalle
Beatriz Sánchez Muñoz
Enrique Van Rysselberghe Herrera
Cristian Vial Maceratta
Paulina Vodanovic Rojas
Matías Walker Prieto
Nadie votó en contra.
Nadie.
Danisa Astudillo Peiretti (pareo)
Juan Luis Castro González (pareo)
Alfonso De Urresti Longton (pareo)
Fidel Espinoza Sandoval (pareo)
Camila Flores Oporto (pareo)
Vanessa Kaiser Barents-Von Hohenhagen (pareo)
Enrique Lee Flores (pareo)
Renzo Trisotti Martínez (pareo)
Loreto Carvajal Ambiado
Luciano Cruz-Coke Carvallo
Rojo Edwards
Sergio Gahona Salazar
Alejandro Kusanovic Glusevic
Manuel José Ossandón Irarrázabal
Yasna Provoste Campillay
Gastón Saavedra Chandía
Ignacio Urrutia Bonilla
Esteban Velásquez Núñez
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En la Sala del Senado, el 28/10/2026, hubo 32 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.
El Senado no publica si una votación se aprobó: depende del quórum que exija cada norma.
El Presidente podrá cambiar por decreto, por una sola vez, el calendario de los SLEP que no hayan empezado a funcionar al 1 de enero de 2027, siempre que se instale al menos uno por año. El plazo final sube de 2030 al 30 de junio de 2040. Hasta dos meses antes de la fecha de un traspaso, el Presidente podrá postergarlo por decreto hasta por tres años. Para que un municipio pueda quedarse con sus colegios ya no tendrá que cumplir los cuatro requisitos actuales: bastará uno de los dos de resultados (al menos 50% de sus colegios con desempeño alto o medio, antes 60%; o buena evolución de la matrícula o asistencia promedio de al menos 85% en los últimos tres años), más estar al día en cotizaciones previsionales y no superar el tope de deuda educacional. Los municipios autorizados podrán seguir a cargo mientras tengan mejores resultados de aprendizaje que el SLEP de su comuna y estén al día en sus deudas previsionales.
Resumen generado con inteligencia artificial a partir del texto del proyecto; puede contener errores.
Ningún comité votó en contra.