Decisión Legislativa
Única
Votado en la Sala el 13 de julio de 2026. Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile.
Enmienda del Senado que elimina la letra a), del número 6, que ha pasado a ser 8, del artículo 1 del proyecto de ley, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Benjamín Moreno; y que consta en la página 26 del comparado.
El proyecto modifica la ley de Migración y Extranjería para que el Subsecretario del Interior pueda decretar expulsiones también por razones de orden público, con un plazo más corto para reclamar y la posibilidad de ejecutarlas aunque la persona tenga causas pendientes por simples delitos. Además, permite que la PDI ingrese a un domicilio para detener a quien tiene una orden de expulsión y obliga a tomar datos biométricos a los extranjeros en situación irregular. El texto descrito es el original, enviado por el Gobierno en mayo de 2024: pudo cambiar en su tramitación, que hoy está en comisión mixta.
Afecta a las personas extranjeras con una orden de expulsión o en situación migratoria irregular en Chile, y a la Subsecretaría del Interior, la PDI y los tribunales, que tendrían nuevas facultades y tareas.
Votar a favor es apoyar que el Gobierno tenga más facultades y plazos más cortos para ejecutar expulsiones administrativas, incluido el ingreso a domicilios y el registro biométrico de migrantes irregulares.
Votar en contra es rechazar estos cambios y mantener las reglas actuales de la ley de Migración para decretar, reclamar y ejecutar expulsiones.
En Quién es el Jefe usamos inteligencia artificial para leer el texto completo de cada proyecto y explicarlo en simple. Se basa en la versión con que ingresó al Congreso, que pudo cambiar durante su tramitación, y puede contener errores. Revisa el documento original.
Comisión Mixta por rechazo de modificaciones (Senado): Informe de Comisión Mixta
Fuente: Senado, actualizado 04/10/2026 02:22.
Ignacio Achurra Díaz
Jaime Araya Guerrero
Marcos Barraza Gómez
Boris Barrera Moreno
Héctor Barría Angulo
Jaime Bassa Mercado
Jorge Brito Hasbún
Félix Bugueño Sotelo
Valentina Cáceres Monsálvez
Felipe Camaño Cárdenas
Priscilla Castillo Gerli
Roberto Celedón Fernández
Francisco Crisóstomo Llanos
Carlos Cuadrado Prats
Carolina Cucumides Calderón
Luis Alberto Cuello Peña y Lillo
Jorge Díaz Ibarra
Matías Fernández Hartwig
Lorena Fries Monleón
Gustavo Gatica Villarroel
Ana María Gazmuri Vieira
Sofía González Cortés
Irací Hassler Jacob
Marcos Ilabaca Cerda
Raúl Leiva Carvajal
Andrea Macías Palma
Daniel Manouchehri Lobos
Cristian Mella Andaur
José Montalva Feuerhake
Jaime Mulet Martínez
Javier Muñoz Riquelme
Emilia Nuyado Ancapichun
Álvaro Ortiz Vera
Andrea Parra Sauterel
Patricio Pinilla Valencia
José Antonio Rivas Villalobos
Bernardo Salinas Maya
Juan Santana Castillo
Marisela Santibáñez Novoa
Emilia Schneider Videla
Constanza Schonhaut Soto
Daniela Serrano Salazar
Cristián Tapia Ramos
Carolina Tello Rojas
Tatiana Urrutia Herrera
César Valenzuela Maass
Consuelo Veloso Ávila
Nelson Venegas Salazar
Gonzalo Winter Etcheberry
Gael Yeomans Araya
Fernando Zamorano Peralta
Cristián Araya Lerdo de Tejada
Carlo Arqueros Pizarro
Roberto Arroyo Muñoz
Chiara Barchiesi Chávez
Enrique Bassaletti Riess
Valentina Becerra Peña
Juan Carlos Beltrán Silva
Sergio Bobadilla Muñoz
Daniel Bustos Leal
Álvaro Carter Fernández
Carlos Chandía Alarcón
Paz Charpentier Rajcevich
Jaime Coloma Álamos
Sara Concha Smith
Eduardo Cretton Rebolledo
Sebastián Cristoffanini Jaraquemada
Catalina Del Real Mihovilovic
Eduardo Durán Salinas
Mauro González Villarroel
Erich Grohs Marín
Jorge Guzmán Zepeda
Constanza Hube Portus
Juan Irarrázaval Rossel
Stephanie Jéldrez Ortiz
Álvaro Jofré Cáceres
Pier Karlezi Hazleby
José Antonio Kast Adriasola
Tomás Kast Sommerhoff
Leandro Kunstmann Collado
Daniel Lilayu Vivanco
Benjamín Lorca Inzunza
Hans Marowski Cuevas
Cristóbal Martínez Ramírez
Cristian Menchaca Pinochet
José Carlos Meza Pereira
Claudia Mora Vega
Benjamín Moreno Bascur
Paulina Muñoz Minte
Francesca Muñoz González
Ximena Naranjo Pinto
Cristian Neira Martínez
Ricardo Neumann Bertín
Mario Olavarría Rodríguez
Francisco Orrego Gutiérrez
Ximena Ossandón Irarrázabal
Luis Pardo Sáinz
Joanna Pérez Olea
Rodrigo Ramírez Parra
Claudia Reyes Larenas
Alejandro Riquelme Ducci
Javiera Rodríguez Pascual
Agustín Romero Leiva
Natalia Romero Talguia
Felipe Ross Correa
Omar Sabat Guzmán
Luis Sánchez Ossa
Macarena Santelices Cañas
Diego Schalper Sepúlveda
Stephan Schubert Rubio
Marco Antonio Sulantay Olivares
Hotuiti Teao Drago
Fernando Ugarte Tejeda
Ignacio Urcullú Clèment-Lund
Alejandra Valdebenito Torres
Daniel Valenzuela Salazar
Germán Verdugo Soto
Diego Vergara Rodríguez
Flor Weisse Novoa
Sebastián Zamora Soto
Alejandro Bernales Maldonado
Lilian Betancurt Delgado
Carlos Bianchi Chelech
Patricio Briones Moller
Carlos Carvajal Gallardo
Flor Contreras Vivallo
Cristian Contreras Radovic
Marcela Hernando Pérez
Pamela Jiles Moreno
Luis Malla Valenzuela
Alex Nahuelquin Nahuelquin
Javier Olivares Avendaño
Fabián Ossandón Briceño
Zandra Parisi Fernández
Tamara Ramírez Ramírez
Eileen Urqueta Rojas
Guillermo Valdés Carmona
Juan Marcelo Valenzuela Henríquez
Sebastián Videla Castillo
Jorge Alessandri Vergara
René Alinco Bustos
María Francisca Bello Campos
Nathalie Castillo Rojas
Andrés Celis Montt
René Manuel García García
Javiera Morales Alvarado
Coca Ericka Ñanco Vásquez
Gloria Naveillan Arriagada
Paula Olmos Contreras
Marlene Pérez Cartes
Lorena Pizarro Sierra
Guillermo Ramírez Diez
Raúl Soto Mardones
Héctor Ulloa Aguilera
Cristóbal Urruticoechea Ríos
No, fue rechazado en la Cámara de Diputadas y Diputados el 13 de julio de 2026, con 51 votos a favor, 69 en contra y 19 abstenciones; 16 diputados no votaron.
El Subsecretario del Interior podrá decretar una expulsión no solo por seguridad interior o exterior, sino también, en casos calificados, por razones de orden público. El plazo para reclamar ante la justicia contra una expulsión decretada por el Subsecretario del Interior baja de 10 a 5 días corridos. Si el extranjero expulsado por el Subsecretario tiene una causa pendiente por un simple delito (un delito menos grave que un crimen), el Ministerio del Interior podrá pedir al tribunal expulsarlo de inmediato. El juez accederá si la pena posible no supera los 3 años y la persona no tiene condenas anteriores, y la causa quedará suspendida (sobreseimiento temporal). En expulsiones por causas graves, el Subsecretario podrá autorizar por resolución fundada a la PDI a entrar al domicilio donde está la persona para detenerla. La Corte de Apelaciones revisará la legalidad de esa detención en un plazo breve y, si no se cumplen los requisitos, ordenará liberarla.
Resumen generado con inteligencia artificial a partir del texto del proyecto; puede contener errores.
Los votos en contra vinieron de estas bancadas: Comité Partido Republicano: 31 en contra; Unión Demócrata Independiente: 15 en contra; Renovación Nacional, Evopoli e Independientes: 14 en contra; Comité Partido Nacional Libertarios: 6 en contra; Por definir: 3 en contra.