Decisión Legislativa
Única
Votado en la Sala el 9 de septiembre de 2026. Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile.
En votación la proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, originado en moción, que “Modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de aumentar el plazo máximo para considerar una situación entre las hipótesis de flagrancia.”, que incluye disposiciones que requieren para su aprobación del voto favorable de 78 diputadas y diputados por tratarse de una disposición de rango orgánico constitucional.
La flagrancia es la situación en que una persona es sorprendida cometiendo un delito o recién después de cometerlo, lo que permite detenerla sin orden judicial. El proyecto aumenta de 12 a 24 horas el plazo máximo en que se puede considerar que existe flagrancia. Sus autores sostienen que esto daría a las policías más tiempo para detener a los responsables y ponerlos a disposición de la justicia.
Afecta a Carabineros, la PDI y el Ministerio Público, que tendrían más tiempo para detener sin orden judicial. También afecta a las personas sospechosas de delitos, que podrían ser detenidas en flagrancia durante un período más largo.
Apoyar que el plazo para detener a alguien en flagrancia se duplique de 12 a 24 horas.
Mantener en 12 horas el plazo máximo para considerar que una detención es en flagrancia.
En Quién es el Jefe usamos inteligencia artificial para leer el texto completo de cada proyecto y explicarlo en simple. Se basa en la versión con que ingresó al Congreso, que pudo cambiar durante su tramitación, y puede contener errores. Revisa el documento original.
Es ley N° Ley N° 21.845 (publicada el 10/10/2026).
Fuente: Senado, actualizado 24/10/2026 23:15.
Ignacio Achurra Díaz
Jorge Alessandri Vergara
Cristián Araya Lerdo de Tejada
Carlo Arqueros Pizarro
Chiara Barchiesi Chávez
Marcos Barraza Gómez
Boris Barrera Moreno
Héctor Barría Angulo
Jaime Bassa Mercado
Enrique Bassaletti Riess
Valentina Becerra Peña
Juan Carlos Beltrán Silva
Alejandro Bernales Maldonado
Lilian Betancurt Delgado
Carlos Bianchi Chelech
Patricio Briones Moller
Félix Bugueño Sotelo
Daniel Bustos Leal
Felipe Camaño Cárdenas
Carlos Carvajal Gallardo
Priscilla Castillo Gerli
Nathalie Castillo Rojas
Roberto Celedón Fernández
Carlos Chandía Alarcón
Paz Charpentier Rajcevich
Jaime Coloma Álamos
Sara Concha Smith
Cristian Contreras Radovic
Flor Contreras Vivallo
Eduardo Cretton Rebolledo
Francisco Crisóstomo Llanos
Sebastián Cristoffanini Jaraquemada
Carlos Cuadrado Prats
Carolina Cucumides Calderón
Luis Alberto Cuello Peña y Lillo
Jorge Díaz Ibarra
Matías Fernández Hartwig
Lorena Fries Monleón
René Manuel García García
Gustavo Gatica Villarroel
Ana María Gazmuri Vieira
Sofía González Cortés
Mauro González Villarroel
Erich Grohs Marín
Jorge Guzmán Zepeda
Irací Hassler Jacob
Marcela Hernando Pérez
Constanza Hube Portus
Marcos Ilabaca Cerda
Juan Irarrázaval Rossel
Stephanie Jéldrez Ortiz
Álvaro Jofré Cáceres
Pier Karlezi Hazleby
José Antonio Kast Adriasola
Tomás Kast Sommerhoff
Daniel Lilayu Vivanco
Benjamín Lorca Inzunza
Luis Malla Valenzuela
Daniel Manouchehri Lobos
Hans Marowski Cuevas
Cristóbal Martínez Ramírez
Cristian Mella Andaur
Cristian Menchaca Pinochet
José Carlos Meza Pereira
Claudia Mora Vega
Benjamín Moreno Bascur
Jaime Mulet Martínez
Javier Muñoz Riquelme
Francesca Muñoz González
Paulina Muñoz Minte
Ximena Naranjo Pinto
Cristian Neira Martínez
Ricardo Neumann Bertín
Mario Olavarría Rodríguez
Javier Olivares Avendaño
Paula Olmos Contreras
Francisco Orrego Gutiérrez
Álvaro Ortiz Vera
Ximena Ossandón Irarrázabal
Fabián Ossandón Briceño
Luis Pardo Sáinz
Zandra Parisi Fernández
Andrea Parra Sauterel
Joanna Pérez Olea
Patricio Pinilla Valencia
Lorena Pizarro Sierra
Tamara Ramírez Ramírez
Rodrigo Ramírez Parra
Claudia Reyes Larenas
Alejandro Riquelme Ducci
José Antonio Rivas Villalobos
Javiera Rodríguez Pascual
Natalia Romero Talguia
Agustín Romero Leiva
Felipe Ross Correa
Omar Sabat Guzmán
Bernardo Salinas Maya
Luis Sánchez Ossa
Macarena Santelices Cañas
Marisela Santibáñez Novoa
Diego Schalper Sepúlveda
Emilia Schneider Videla
Constanza Schonhaut Soto
Stephan Schubert Rubio
Daniela Serrano Salazar
Raúl Soto Mardones
Marco Antonio Sulantay Olivares
Cristián Tapia Ramos
Hotuiti Teao Drago
Carolina Tello Rojas
Fernando Ugarte Tejeda
Héctor Ulloa Aguilera
Ignacio Urcullú Clèment-Lund
Eileen Urqueta Rojas
Tatiana Urrutia Herrera
Alejandra Valdebenito Torres
Guillermo Valdés Carmona
César Valenzuela Maass
Daniel Valenzuela Salazar
Germán Verdugo Soto
Diego Vergara Rodríguez
Sebastián Videla Castillo
Flor Weisse Novoa
Gonzalo Winter Etcheberry
Sebastián Zamora Soto
—
René Alinco Bustos
Jaime Araya Guerrero
Roberto Arroyo Muñoz
María Francisca Bello Campos
Sergio Bobadilla Muñoz
Jorge Brito Hasbún
Valentina Cáceres Monsálvez
Álvaro Carter Fernández
Andrés Celis Montt
Catalina Del Real Mihovilovic
Eduardo Durán Salinas
Pamela Jiles Moreno
Leandro Kunstmann Collado
Raúl Leiva Carvajal
Andrea Macías Palma
José Montalva Feuerhake
Javiera Morales Alvarado
Alex Nahuelquin Nahuelquin
Coca Ericka Ñanco Vásquez
Gloria Naveillan Arriagada
Emilia Nuyado Ancapichun
Marlene Pérez Cartes
Guillermo Ramírez Diez
Juan Santana Castillo
Cristóbal Urruticoechea Ríos
Juan Marcelo Valenzuela Henríquez
Consuelo Veloso Ávila
Nelson Venegas Salazar
Gael Yeomans Araya
Fernando Zamorano Peralta
Sí, fue aprobado en la Cámara de Diputadas y Diputados el 9 de septiembre de 2026, con 125 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones; 30 diputados no votaron.
Se modifica el artículo 130 del Código Procesal Penal, reemplazando el plazo de "doce" horas por "veinticuatro". Las policías tendrían hasta 24 horas después de un delito para detener a una persona bajo las reglas de flagrancia, sin necesidad de orden judicial. Aumenta el período en que se pueden aplicar las situaciones de flagrancia que describe la ley.
Resumen generado con inteligencia artificial a partir del texto del proyecto; puede contener errores.
Ninguna bancada votó en contra.