Decisión Legislativa
Única
Votado en la Sala el 19 de octubre de 2026. Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile.
Modificación incorporada por el H. Senado en el proyecto de ley, originado en moción, que “Modifica la ley N° 21.349 para rebajar el monto de las multas que indica y establecer criterios para su graduación”.
El proyecto rebaja de 100 a 10 UTM la multa mínima de la ley de fertilizantes y bioestimulantes para dos tipos de infracciones: no inscribirse en el registro nacional y no cumplir las normas de etiquetado y trazabilidad. Además, fija criterios para que la multa se ajuste a la gravedad de cada caso. Según el documento, en 2023 la multa más repetida fue de 100 UTM, casi 7 millones de pesos, por problemas formales de etiquetado. El texto descrito es el original: pudo cambiar durante su tramitación.
Afecta a las empresas que producen, importan o venden fertilizantes y bioestimulantes, en su mayoría pequeñas y medianas según el documento, y a los agricultores que los compran. También al SAG, que fiscaliza y aplica las multas.
Votar a favor es apoyar que las multas mínimas por fallas de registro y etiquetado de fertilizantes bajen de 100 a 10 UTM y se gradúen según la gravedad de cada caso.
Votar en contra es mantener las multas actuales, con un piso de 100 UTM para estas infracciones.
En Quién es el Jefe usamos inteligencia artificial para leer el texto completo de cada proyecto y explicarlo en simple. Se basa en la versión con que ingresó al Congreso, que pudo cambiar durante su tramitación, y puede contener errores. Revisa el documento original.
Trámite de aprobacion presidencial (C.Diputados): Ingreso de observaciones
Fuente: Senado, actualizado 19/10/2026 23:11.
Ignacio Achurra Díaz
Jorge Alessandri Vergara
Jaime Araya Guerrero
Cristián Araya Lerdo de Tejada
Carlo Arqueros Pizarro
Roberto Arroyo Muñoz
Chiara Barchiesi Chávez
Marcos Barraza Gómez
Héctor Barría Angulo
Enrique Bassaletti Riess
Valentina Becerra Peña
Juan Carlos Beltrán Silva
Alejandro Bernales Maldonado
Lilian Betancurt Delgado
Carlos Bianchi Chelech
Sergio Bobadilla Muñoz
Patricio Briones Moller
Jorge Brito Hasbún
Félix Bugueño Sotelo
Daniel Bustos Leal
Valentina Cáceres Monsálvez
Felipe Camaño Cárdenas
Álvaro Carter Fernández
Carlos Carvajal Gallardo
Nathalie Castillo Rojas
Priscilla Castillo Gerli
Roberto Celedón Fernández
Carlos Chandía Alarcón
Paz Charpentier Rajcevich
Jaime Coloma Álamos
Sara Concha Smith
Flor Contreras Vivallo
Cristian Contreras Radovic
Eduardo Cretton Rebolledo
Francisco Crisóstomo Llanos
Sebastián Cristoffanini Jaraquemada
Carlos Cuadrado Prats
Carolina Cucumides Calderón
Luis Alberto Cuello Peña y Lillo
Catalina Del Real Mihovilovic
Jorge Díaz Ibarra
Eduardo Durán Salinas
Matías Fernández Hartwig
Lorena Fries Monleón
René Manuel García García
Gustavo Gatica Villarroel
Ana María Gazmuri Vieira
Mauro González Villarroel
Sofía González Cortés
Erich Grohs Marín
Jorge Guzmán Zepeda
Irací Hassler Jacob
Marcela Hernando Pérez
Marcos Ilabaca Cerda
Juan Irarrázaval Rossel
Pamela Jiles Moreno
Álvaro Jofré Cáceres
Pier Karlezi Hazleby
José Antonio Kast Adriasola
Tomás Kast Sommerhoff
Leandro Kunstmann Collado
Raúl Leiva Carvajal
Andrea Macías Palma
Luis Malla Valenzuela
Daniel Manouchehri Lobos
Hans Marowski Cuevas
Cristóbal Martínez Ramírez
Cristian Mella Andaur
Cristian Menchaca Pinochet
José Carlos Meza Pereira
José Montalva Feuerhake
Claudia Mora Vega
Benjamín Moreno Bascur
Jaime Mulet Martínez
Paulina Muñoz Minte
Francesca Muñoz González
Javier Muñoz Riquelme
Alex Nahuelquin Nahuelquin
Ximena Naranjo Pinto
Gloria Naveillan Arriagada
Cristian Neira Martínez
Ricardo Neumann Bertín
Mario Olavarría Rodríguez
Javier Olivares Avendaño
Paula Olmos Contreras
Francisco Orrego Gutiérrez
Álvaro Ortiz Vera
Ximena Ossandón Irarrázabal
Fabián Ossandón Briceño
Luis Pardo Sáinz
Zandra Parisi Fernández
Andrea Parra Sauterel
Joanna Pérez Olea
Marlene Pérez Cartes
Patricio Pinilla Valencia
Lorena Pizarro Sierra
Guillermo Ramírez Diez
Rodrigo Ramírez Parra
Tamara Ramírez Ramírez
Claudia Reyes Larenas
Alejandro Riquelme Ducci
José Antonio Rivas Villalobos
Javiera Rodríguez Pascual
Agustín Romero Leiva
Natalia Romero Talguia
Felipe Ross Correa
Omar Sabat Guzmán
Bernardo Salinas Maya
Luis Sánchez Ossa
Juan Santana Castillo
Macarena Santelices Cañas
Diego Schalper Sepúlveda
Emilia Schneider Videla
Constanza Schonhaut Soto
Stephan Schubert Rubio
Daniela Serrano Salazar
Raúl Soto Mardones
Marco Antonio Sulantay Olivares
Cristián Tapia Ramos
Hotuiti Teao Drago
Carolina Tello Rojas
Fernando Ugarte Tejeda
Héctor Ulloa Aguilera
Ignacio Urcullú Clèment-Lund
Eileen Urqueta Rojas
Tatiana Urrutia Herrera
Alejandra Valdebenito Torres
Guillermo Valdés Carmona
Juan Marcelo Valenzuela Henríquez
César Valenzuela Maass
Daniel Valenzuela Salazar
Consuelo Veloso Ávila
Nelson Venegas Salazar
Germán Verdugo Soto
Diego Vergara Rodríguez
Sebastián Videla Castillo
Flor Weisse Novoa
Gonzalo Winter Etcheberry
Sebastián Zamora Soto
Fernando Zamorano Peralta
—
René Alinco Bustos
Boris Barrera Moreno
Jaime Bassa Mercado
María Francisca Bello Campos
Andrés Celis Montt
Constanza Hube Portus
Stephanie Jéldrez Ortiz
Daniel Lilayu Vivanco
Benjamín Lorca Inzunza
Javiera Morales Alvarado
Coca Ericka Ñanco Vásquez
Emilia Nuyado Ancapichun
Marisela Santibáñez Novoa
Cristóbal Urruticoechea Ríos
Gael Yeomans Araya
Sí, fue aprobado en la Cámara de Diputadas y Diputados el 19 de octubre de 2026, con 140 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones; 15 diputados no votaron.
La multa mínima por no inscribirse en el Registro Único Nacional (productores, importadores, vendedores y otros actores del rubro) baja de 100 a 10 UTM. La UTM es una unidad que se reajusta cada mes y equivale aproximadamente a 70 mil pesos, según los montos del propio documento. La multa mínima por no cumplir las normas de etiquetado y trazabilidad de fertilizantes y bioestimulantes también baja de 100 a 10 UTM. Al fijar el monto de la multa se deberá considerar el valor de los productos involucrados, la gravedad del daño, lo que se hizo para reducirlo, el beneficio económico obtenido, la capacidad económica del infractor y las sanciones anteriores del Servicio en casos similares. Las multas seguirán siendo a beneficio fiscal, es decir, para el Estado.
Resumen generado con inteligencia artificial a partir del texto del proyecto; puede contener errores.
Ninguna bancada votó en contra.